Aunque es verdad que la pensión es un derecho respaldado por las leyes laborales mexicanas, también es cierto que, con el paso de los años y la implementación de nuevas reformas al sistema de pensiones, este ha sufrido algunos cambios.

Bajo este entendido, apenas hace unos días fue publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un aviso del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) donde se adelanta que se someterán a revisión algunas pensiones de las personas jubiladas de este organismo, y algunas se podrían revocar.

En palabras del director general del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), Martí Batres, el objetivo de la revisión de las pensiones de personas jubiladas es la corrección de “excesos e injusticias” en las mismas.

En este sentido, cabe aclarar, no serán todas las pensiones de los jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) las que sean sometidas a estudio por parte de la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales de este organismo mexicano.IMSS e ISSSTE: estos adultos mayores se quedarán sin Pensión por acuerdo publicado en el DOF/Foto: Freepik

IMSS e ISSSTE: estos adultos mayores se quedarán sin Pensión por acuerdo publicado en el DOF/Foto: Freepik

¿Entonces cuáles son las pensiones del ISSSTE de jubilados las que sean sometidas a revisión? De acuerdo al documento publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la semana pasada, las pensiones que sobrepasen el límite establecido en la Ley del ISSSTE son las que se examinarán.

Es así que, de acuerdo a lo establecido en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE), el monto máximo de la pensión a jubilados en la actualidad es de 33,005.30 pesos al mes.

Bajo este contexto, las normativas para las pensiones de jubilados establecen como máximo, según el artículo 17 de la Ley del ISSSTE, las 10 UMAs, que en este año equivale a 33,005.30 pesos al mes.

“Se publica el Acuerdo del Director General del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, por el que se emite el procedimiento para la verificación y, en su caso, modificación o revocación de las pensiones que rebasen el límite permitido por la Ley del ISSSTE, el cual formará parte de la normatividad vigente”, se puede leer en el documento publicado en el DOF.

Será la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del ISSSTE la instancia encargada de dictaminar, suspender, negar, modificar o revocar las pensiones que no cumplan con lo establecido.

“Hoy se publica en el @DOF_SEGOB un aviso para dar a conocer el acuerdo que como Director General del @ISSSTE_mx emití para la revisión de las pensiones que rebasen el monto superior establecido por la ley. El objetivo es continuar corrigiendo excesos e injusticias”, posteó la semana pasada Martí Batres.

Asimismo, mediante sus Oficinas de Representación en los estados, la Dirección de Prestaciones Económicas, Sociales y Culturales del ISSSTE verificará la autenticidad de los documentos y la justificación de los hechos que hayan sido tomados como base para otorgar la pensión