La inseguridad es un mal que afecta a todo México, por ello Veracruz no podía quedarse fuera, pues en diversos municipios se han registrado secuestros extorsivos en lo que va del 2025. Cabe mencionar que este es el único tipo de secuestro registrado en las cifras oficiales de la entidad.
¿Cuántos secuestros extorsivos ha habido en Veracruz?
De acuerdo con datos del Secretariado Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública (SESNSP), de enero a septiembre de 2025 se abrieron 23 carpetas de investigación por el delito de secuestro extorsivo.
¿Cuáles son los municipios con más secuestros extorsivos?
De 19 municipios que reportaron este delito, Veracruz, Alvarado y Tlalixcoyan son los que encabezan el listado con tres casos en febrero, marzo y abril; dos casos en marzo; y otros dos durante el mes de mayo.
Durante este mismo periodo, pero de 2024, Veracruz acumuló la misma cantidad de carpetas de investigación por este delito; sin embargo, solo en 17 municipios, siendo Poza Rica el primer lugar con 5 carpetas iniciadas.
Estos son los municipios que registraron secuestros extorsivos durante los primeros 9 meses del 2025:
- Acayucan 1
- Alvarado 2
- Catemaco 1
- Cuitláhuac 1
- Cotaxtla 1
- Hueyapan de Ocampo 1
- Ixhuacán 2
- Martínez de la Torre 1
- Medellín de Bravo 1
- Pánuco 1
- Platón Sánchez 1
- Poza Rica de Hidalgo 1
- San Andrés Tuxtla 1
- Tierra Blanca 1
- Tlalixcoyan 2
- Tlapacoyan 1
- Veracruz 3
- Fortín 1
- Chacaltianguis 1
¿Qué es el secuestro extorsivo y cuáles son las penas?
De acuerdo con la Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM), el secuestro extorsivo es el más complejo de todos debido a que su principal objetivo es obtener dinero en efectivo de las víctimas que, generalmente, son seleccionadas de acuerdo con su posición económica.
En el estado de Veracruz, el secuestro es un delito penado con 20 a 50 años de prisión y una multa económica de mil días de salario mínimo siempre y cuando se obtenga un rescate, se cause daño o perjuicio al secuestrado o a terceros relacionados con la víctima, o que la autoridad haga o deje de hacer un acto de cualquier índole, esto de acuerdo con el Art. 163, Capítulo III del Código Penal de Veracruz.
No obstante, la sentencia podría de ir de los 30 años a vitalicia cuando la víctima es:
- Mujer, menor de edad, mayor de sesenta años o por cualquier causa no se puede resistir al ilícito;
- Si el sujeto activo del delito es, haya sido u ostente sin serlo, integrante de alguna institución policial o servidor público en alguna de las áreas de prevención o persecución de delitos, administración de justicia o readaptación social;
- Si el sujeto activo del delito tiene alguna relación de confianza, laboral, de parentesco o de negocios con la víctima o con sus familiares;
- Si el sujeto comete el delito en pandilla o asociación delictuosa o con la intervención de inimputables, o mutile el cuerpo de la víctima.
- En caso de que la víctima del delito sea privada de la vida, la prisión será de 50 años o vitalicia.


